
Multas a inmobiliarias en Bizkaia por no disponer del certificado energético
Aunque desde 2013 es obligatorio tener el certificado energético para vender o alquilar una vivienda, más de la mitad de los inmuebles salen al mercado de la venta o el alquiler sin siquiera haberlo solicitado. Ello a pesar de que la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas establece multas, que pueden ser considerables, si el propietario no incluye esta información en el anuncio del piso. Y es menos por el desconocimiento de la obligación que por no querer pagar el certificado hasta el momento de la venta del inmueble; no es raro aparecer en el notario con el certificado.
Así, y a pesar de la ley, son mayoría los anuncios de venta o alquiler de vivienda que no incluyen la calificación energética, asegurando en muchos casos, lo que no es suficiente, que se encuentra en trámite, aunque aún no se lo hayan encargado a un técnico habilitado. Y lo que no saben es que la sanción puede llegar a los 6.000 euros si se publicita la vivienda sin disponer de la certificación energética.
El departamento de Energía y Minas del Gobierno Vasco, como garante de que la información energética de los inmuebles esté de forma efectiva a disposición de los futuros compradores o arrendatarios está ya sancionando las infracciones que se cometen por parte de los agentes involucrados -empresas promotoras, propietarios, agencias inmobiliarias, gestores de la publicidad e instituciones públicas- con cuantías que van desde los 300 a los 6.000 euros. Es en Bizkaia donde en estos momentos se está desarrollando la campaña de control más intensiva, siendo ya numerosas las agencias inmobiliarias sancionadas por exhibir carteles publicitarios de viviendas carentes del certificado energético. Sanciones, que según nos han comunicado algunas de las agencias multadas, oscilan entre los 1200 y los 2000 euros.
Una campaña sancionadora de similares características se realizó en la Comunidad Foral de Navarra por parte del Gobierno hace ya tres años.
El certificado energético se requiere en las nuevas construcciones, en la compra-venta o arrendamiento y para ciertas rehabilitaciones. Por lo tanto, es indispensable para el promotor que construye, para el propietario que va a vender o alquilar y para la agencia inmobiliaria que gestiona la compraventa o alquiler del inmueble. Tiene que ser realizado por un técnico especializado, que «in situ» analiza los diferentes elementos de la vivienda para realizar el informe. Los datos que recoge se introducen en una herramienta informática oficial que calcula la calificación energética de la vivienda. A los dos o tres días se obtiene la etiqueta energética.
Pero su importancia aún no es trascendental a la hora de adquirir una vivienda y los compradores no le prestan demasiada atención, viéndolo como un simple trámite a cumplir. Sin embargo el ahorro energético entre una categoría B y otra G puede alcanzar los 1.250 euros anuales.

Retención del 3%:
Se trata de un pago fiscal a cuenta, que efectúa el comprador y luego regularizará el vendedor, y que procede salvo que el vendedor acredite su residencia fiscal con certificado de Hacienda (para...
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